Marco legal

LEY FORAL 5/2006, de 11 de abril, de modificación de la Ley Foral 12/1996, de 2 de julio, de Cooperativas de Navarra, para la adición de la regulación de las cooperativas de iniciativa social.

LEY FORAL 14/2006, de 11 de diciembre, de Cooperativas de Navarra, incluye las cooperativas de iniciativa social, en el artículo 78: "Art. 78. De las Cooperativas de iniciativa social."


Serán calificadas como de Iniciativa Social aquellas cooperativas que, sin ánimo de lucro y con independencia de su clase, tengan por objeto social alguno de los siguientes:

  • La prestación de servicios sociales asistenciales relacionados con la protección de la infancia y de la juventud, la asistencia a la tercera edad, la educación especial, y asistencia a personas con minusvalía, la asistencia a minorías étnicas, refugiados, asilados, personas con cargas familiares no compartidas, ex reclusos, alcohólicos y toxicómanos y la reinserción social.
  • El desarrollo de cualquier actividad económica que tenga por finalidad la integración laboral de personas que sufran cualquier clase de exclusión social, y, en general, la satisfacción de necesidades sociales no atendidas por el mercado.

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